Interinos. Maestros. Curso 18 / 19. Adjudicación de Vacantes. Resolución de Adjudicación
Publicado el 30 de agosto de 2018, a las 11:00 h.
La Resolución de 30 de agosto de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (35.4 KB) (4 páginas) resuelve el proceso informatizado de adjudicación de puestos vacantes del cuerpo de maestros en régimen de interinidad para el curso escolar 2018/2019.
Anexos que acompañan a la resolución:
- Listado de adjudicaciones: Anexo I (682.9 KB) (119 páginas)
- Vacantes retiradas del proceso de adjudicación: Anexo II (126.9 KB) (1 página)
- Desistimientos: Anexo III (197.6 KB) (23 páginas)
- Desistimientos con causa justificada solicitados a través de la aplicación: Anexo III_con causa justificada (137.2 KB) (2 páginas)
Apartado Tercero de la Resolución.- Toma de posesión.
1. El personal que haya obtenido destino deberá presentarse en la correspondiente dirección provincial de educación para efectuar la toma de posesión en las siguientes fechas, dentro del horario y con la documentación que al efecto publique dicho órgano en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es):
a) Para los destinos en los centros públicos de educación infantil y/o primaria y en servicios de apoyo a los mismos así como en centros de educación primaria donde se imparta la educación secundaria obligatoria: desde la fecha de la publicación de la presente resolución hasta el día 3 de septiembre de 2018, con excepción de los destinos en la provincia de Palencia que será hasta el día 4 de septiembre.
b) Para el resto de destinos distintos a los anteriores: desde la fecha de la publicación de la presente resolución hasta el día 4 de septiembre de 2018.
Quienes no se personen en el plazo antes señalado para formalizar la toma de posesión de la vacante adjudicada se considerará que renuncian al puesto adjudicado suponiendo la eliminación de todas las listas en las que se encuentren incluidos hasta la nueva elaboración de las mismas, salvo que concurriesen causas de fuerza mayor, debidamente justificadas y libremente apreciadas por la correspondiente dirección provincial de educación o en los supuestos de renuncia con causa justificada admitidas.