Habilitación de personal asesor y evaluador (proceso abierto y permanente)
Abierto plazo de presentación de solicitudes los siete primeros días de cada mes
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en sus artículos 23-25, prevé que las tareas de asesoramiento y/o evaluación de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales, se desempeñen por personas habilitadas por las administraciones competentes.
Convocatoria
En el BOCYL de 5 de enero de 2023 se ha publicado la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca el proceso para la habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales contempladas en la oferta de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación.
Ver texto de la convocatoria: Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre (832.4 KB) (5 páginas)
Destinatarios y requisitos de participación
Puede solicitar la habilitación como personal asesor y evaluador de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales el personal funcionario de carrera, funcionario en prácticas o funcionario interino, que dependa del ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y que cumpla, en la fecha de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:
- Pertenecer a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Profesores Técnicos de formación profesional y tener atribución docente en la familia o familias profesionales en las que se pretenda habilitar y al menos cuatro años de experiencia docente impartiendo módulos profesionales asociados a cualificaciones profesionales de dichas familias.
- Personal dependiente de la consejería competente en materia de agricultura y ganadería que tenga experiencia docente de al menos cuatro años impartiendo módulos profesionales o formativos asociados a cualificaciones profesionales de las familias profesionales de Agraria e Industrias Alimentarias.
Asimismo, en ambos supuestos, la experiencia docente de al menos cuatro años, podrá ser sustituida por la experiencia docente de dos años impartiendo módulos profesionales o formativos asociados a cualificaciones profesionales y dos años de experiencia laboral en el sector productivo y en las cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia sean objeto de acreditación.
Nota: los que ya estuvieran habilitados en convocatorias anteriores no será necesario que presenten de nuevo esta solicitud, salvo que desearan ser habilitados en otras familias profesionales distintas.
Solicitudes
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o certificado electrónico.
El formulario está disponible en el siguiente enlace:
Formulario de solicitud de habilitación personal asesor y evaluador PEAC.
(Nota: El formulario estará disponible los siete primeros días de cada mes).
El modelo de solicitud junto al resto de información también estará disponible en la Sede Electrónica de la Administración de Castilla y León.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto los siete primeros días de cada mes.
Habilitación de personal asesor y evaluador
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la dirección general competente formulará propuesta de habilitación de los solicitantes que cumplan los requisitos.
A la vista de dicha propuesta, la persona titular de la consejería de Educación resolverá sobre la habilitación de personal asesor y evaluador. La orden de habilitación saldrá publicada en BOCYL y en la misma fecha se dará publicidad en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).
La habilitación tendrá carácter nacional y el profesorado habilitado formará parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León.
- Personal habilitado como asesor y evaluador (BOCYL 3 de mayo de 2023)
El personal habilitado y no habilitado como asesor y evaluador se nombra en los Anexos I y II de la Orden EDU/552/2023, de 24 de abril (BOCYL de 3 de mayo de 2023).
Los citados anexos con el personal habilitado y no habilitado, se pueden consultar en los siguientes archivos:
Anexo I - Personal habilitado como personal asesor y evaluador (Educación) (218.8 KB) (6 páginas)
Anexo II - Personal habilitado como asesor y evaluador (Agricultura) (120.7 KB) (1 página)
Anexo III - Personal no habilitado como personal asesor y evaluador (156.4 KB) (1 página)
- Personal habilitado como asesor y evaluador (BOCYL 3 de agosto de 2023)
El personal habilitado y no habilitado como asesor y evaluador se nombra en los Anexos I y II de la Orden EDU/970/2023, de 24 de julio (BOCYL de 3 de agosto de 2023).
Los citados anexos con el personal habilitado y no habilitado, se pueden consultar en los siguientes archivos:
Anexo I Personal habilitado como personal asesor y evaluador (174.4 KB) (2 páginas)
Anexo II Personal no habilitado como personal asesor y evaluador (185.4 KB) (1 página)
- Personal habilitado como asesor y evaluador (BOCYL 11 de diciembre de 2023)
El personal habilitado y no habilitado como asesor y evaluador se nombra en los Anexos I, II y III de la Orden EDU/1386/2023, de 28 de noviembre (BOCYL de 11 de diciembre de 2023).
Los citados anexos con el personal habilitado y no habilitado, se pueden consultar en los siguientes archivos:
Anexo I Personal habilitado como asesor y evaluador (Educación) (176 KB) (2 páginas)
Anexo II Personal habilitado como asesor y evaluador (Agricultura) (161.5 KB) (1 página)
Anexo III Personal no habilitado como asesor y evaluador (179.9 KB) (1 página)
- Personal habilitado como asesor y evaluador (BOCYL 24 de mayo de 2024) ¡NOVEDAD!
El personal habilitado y no habilitado como asesor y evaluador se nombra en los Anexos I y II de la Orden EDU/466/2024, de 16 de mayo (BOCYL de 24 de mayo de 2024).
Los citados anexos con el personal habilitado y no habilitado, se pueden consultar en los siguientes archivos:
Anexo I - Personal habilitado como personal asesor y evaluador (164 KB) (2 páginas)
Anexo II - Personal no habilitado como personal asesor y evaluador (178 KB) (1 página)
Toda la información sobre esta convocatoria se encuentra disponible en la sede electrónica de la administración de Castilla y León.
Se ofrecerá soporte y asistencia técnica a los solicitantes para resolver las posibles incidencias que pudieran producirse en la cumplimentación y presentación de la solicitud, en el teléfono de información administrativa 012.