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Programas para la adquisición y desarrollo de competencias profesionales


1. Finalidad:


Estos programas contribuyen a la adquisición y desarrollo de competencias profesionales. Se imparten en las Aulas taller autorizadas de los centros específicos de educación de personas adultas.


2. Estructura, contenidos y duración:


El contenido de estos programas se ajusta al de los módulos formativos que están asociados a las unidades de competencia incluidas en una cualificación profesional.


Tienen como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP). Puedes consultar las cualificaciones incluidas en el Catálogo Nacional, por familias profesionales, en la página del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL). Ver CNCP.Este enlace se abrirá en una ventana nueva


La duración de los módulos formativos del programa es la misma que la que figura en la norma que establece la cualificación profesional.


Cada centro de educación de personas adultas oferta programas de distintas familias profesionales.


3. ¿Quién puede acceder?:


Las personas con más de 18 años o que los cumplan en el año en que comience el curso escolar.

Además, excepcionalmente, podrán cursar estas enseñanzas los mayores de 16 años que lo soliciten y tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento.


4. Certificación y reconocimiento:


Al finalizar el programa, el alumno recibirá una certificación en la que figuran las unidades de competencia y los módulos formativos vinculados con el programa.


Estos certificados tendrán validez como evidencia directa de tipo documental en los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas mediante vías no formales de formación que convoque la Consejería competente, siempre que los contenidos de los programas cursados estén relacionados con las unidades de competencia de la cualificación profesional que se convoquen.


LA SUPERACIÓN DE ESTOS PROGRAMAS NO CONDUCE A LA OBTENCIÓN DIRECTA DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD NI DE TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL.

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