Rutas Científicas, Artísticas y Literarias - Otoño 2019
Publicada la resolución por la que se conceden las ayudas.
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE CONCEDEN BECAS PARA EL PROGRAMA NACIONAL "RUTAS CIENTÍFICAS, ARTÍSTICAS Y LITERARIAS" OTOÑO 2019.
- Se conceden becas para participar en el programa nacional "Rutas Científicas, Artísticas y Literarias" a los centros educativos incluidos en el Anexo I, organizados por los niveles educativos establecidos en el apartado primero de la convocatoria.
- En el caso de producirse alguna renuncia, las vacantes se cubrirán por los alumnos de los centros que aparecen relacionados en el Anexo II, de acuerdo con el orden de puntuación establecido en cada uno de los niveles educativos y manteniendo las preferencias de selección de ruta y semana, manifestadas por el centro educativo en su solicitud.
IMPORTANTE
Si alguno de los alumnos que figura en la solicitud no pudiera participar en la actividad, el centro procederá a su sustitución por otro del mismo nivel educativo, pero en ningún caso podrá alterarse el número de alumnos y profesores por grupo establecido en el objeto de la convocatoria. Si el centro docente no contara con el número mínimo de participantes exigido en la convocatoria o existiera otra causa debidamente justificada que impida su participación, deberá informar con la suficiente antelación a la Subdirección General de Cooperación Territorial y comunicar la renuncia a la beca, pasando a ocupar su lugar el centro que corresponda siguiendo la lista de reserva. En caso de no facilitar dicha renuncia con la suficiente antelación se considerará a los efectos oportunos y para sucesivas convocatorias como centro participante.
- El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el punto de inicio de la ruta y viceversa, no está incluido en la ayuda y correrá a cargo de los interesados.
- Dentro del mes siguiente contado desde el final de su participación, los profesores responsables del grupo deberán elaborar una Memoria de evaluación de la actividad de acuerdo con las instrucciones establecidas en la Resolución de convocatoria.
- El Ministerio de Educación y Formación Profesional certificará la participación del profesorado en este programa con una equivalencia máxima de treinta horas de formación por convocatoria, siempre y cuando el programa lo hayan desarrollado adecuadamente, las actividades lleven implícitas la formación para el profesorado y se haya elaborado y presentado en tiempo y forma la memoria de evaluación de la actividad.
- En virtud de la certificación emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, las Administraciones Educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán reconocer y registrar al profesorado participante, los créditos que correspondan a las actividades realizadas al amparo de esta convocatoria.
- El alumnado estará asistido por un seguro de accidentes y responsabilidad civil que dará cobertura a los participantes desde la salida de su domicilio para la realización de la actividad hasta su regreso al mismo.
Más información en:
Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas para participar en el programa nacional "Rutas Científicas, Artísticas y Literarias" durante el otoño de 2019.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 17 de julio de 2019.
FINALIDAD:
Con el Programa de "Rutas Científicas, Artísticas y Literarias" se pretende además de dar continuación a los conocimientos recibidos por los alumnos en el aula, mejorar y presentar de forma más atractiva la formación recibida en sus respectivos centros, a través de entornos más experimentales y visuales. Esto favorecerá no sólo a su formación artística, literaria, científica, cultural, histórica, medioambiental, social, etc., sino también a su desarrollo integral.
LOCALIZACIÓN DE RUTAS:
Se ha dispuesto un catálogo de 8 rutas diferentes:
- Primera ruta: Murcia y Andalucía (Andalucía Oriental).
- Segunda ruta: Navarra y Aragón.
- Tercera ruta: Asturias y Cantabria*.
- Cuarta ruta: Madrid y Castilla-La Mancha*.
- Quinta ruta: Extremadura y Andalucía (Andalucía Occidental)*.
- Sexta ruta: Castilla y León y Galicia.
- Séptima ruta: País Vasco y La Rioja*.
- Cataluña y Comunidad Valenciana*.
Las rutas marcadas con * sufrirán las necesarias adaptaciones para realizarlas con alumnado con necesidades educativas especiales.
DESTINATARIOS
Alumnos de centros docentes españoles sostenidos con fondos públicos de los siguientes niveles educativos:
- 5º y 6º de Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Formación Profesional Básica.
- Bachillerato.
- Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional.
- Ciclos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas.
- Educación Básica Obligatoria o Transición a la vida adulta.
NÚMERO DE PLAZAS
- Se convocan becas para 138 grupos de alumnos, cada grupo tendrá un número comprendido entre 20 y 24 alumnos, respetando una edad máxima de 21 años. Irán acompañados por dos profesores de los que habitualmente les imparten clase, incluyendo a ser posible el tutor, con la siguiente distribución:
- 32 grupos para alumnos de 5º y 6º de Educación Primaria.
- 32 grupos para alumnos de 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria.
- 10 grupos para alumnos de Educación Básica Obligatoria y Transición a la vida adulta y grupos de alumnos de Educación Primaria y Educación Secundaria compuesto por un mínimo de un 25% de alumnado con necesidades educativas especiales.
- 32 grupos para alumnos de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica
- 32 grupos para alumnos de Bachillerato, Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional y Ciclos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas.
REQUISITOS
- Cursar estudios de 5º y 6º de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional, Ciclos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas, Educación Básica Obligatoria, o Transición a la vida adulta.
- Respetar la edad máxima de 21 años.
- Constituir grupos de 20 a 24 alumnos. Los grupos de alumnos que cursen EBO o TVA o los grupos de alumnos de E, Primaria y E, Secundaria compuestos como mínimo por un 25% de alumnado con necesidades educativas especiales estarán compuestos por un mínimo de 10 alumnos y un máximo de 18.
DOCUMENTACIÓN
Al formulario de solicitud que será accesible a través de la sede electrónica https://sede.educacion.gob.es del Ministerio de Educación y Formación Profesional, sección "Buscar trámites", se adjuntará la siguiente documentación:
- Proyecto de participación, original y específico para esta convocatoria y para el nivel educativo del grupo de alumnos solicitante, al que se refiere el apartado tercero, punto 3 de la convocatoria.
- Documento de aprobación de la participación del centro en el programa: a estos efectos se presentará copia del acta del Consejo Escolar del Centro o del apartado del Proyecto Educativo de Centro o Programación General Anual en la que haga referencia a su participación en esta actividad, o en su caso, certificación del Director en la que se constate la aprobación de la participación del centro en el presente programa, que igualmente deberá adjuntarse en un fichero electrónico.
- Acreditaciones de la obtención de premios de ámbito educativo concedidos en concurrencia al centro en los últimos cinco años, a contabilizar desde el curso escolar 2014-2015, convocados por las Administraciones educativas internacionales, nacionales, autonómicas o locales, o bien por entidades privadas con intereses educativos. Dichas acreditaciones se adjuntarán en formato digital siguiendo las instrucciones de la sede electrónica.
- Autorizaciones familiares: La Dirección del centro certificará en la solicitud que en caso de resultar beneficiarios de una ayuda, dispondrá y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de cada uno de los alumnos, necesaria para su participación en el programa y, en su caso, la autorización de la cesión de imágenes con fines exclusivamente educativos, de acuerdo al modelo del Anexo III.
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
De acuerdo con el apartado tercero.5 de la convocatoria, el registro de la solicitud se realizará de manera telemáticas en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante certificado electrónico emitido por alguna autoridad de certificación reconocida por la plataforma de validación de firma electrónica @firma.
IMPORTANTE:
- Con el fin de poder dar respuesta adecuada a la especificidad de los grupos de alumnos con necesidades educativas especiales, estos estarán compuestos como máximo por 10 alumnos con movilidad reducida, 3 de los cuales podrán presentar una discapacidad motora severa (desplazamientos en silla de ruedas). En todo caso, se hará constar detalladamente en la solicitud cuál es el nivel de autonomía de cada uno de los alumnos y cuando así se precise, el centro aportará los apoyos necesarios que faciliten el desarrollo de la actividad, siempre atendiendo a las condiciones de disponibilidad y capacidad del programa.
La edad máxima de participación de los alumnos será de 21 años cumplidos en el año de la convocatoria.
- El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el punto de inicio de la ruta y viceversa, no está incluido en la ayuda y correrá a cargo de los interesados.
- La convocatoria atenderá los costes de desarrollo de las actividades educativas planteadas en el programa (materiales, guías, monitores, accesos, etc.), a los que se añadirán los necesarios gastos de logística por transporte, seguros de accidente y responsabilidad civil, alojamiento y manutención, durante el tiempo de desarrollo de la ruta.
- Ante posibles desperfectos o daños que se produzcan en el desarrollo del programa se aplicará el protocolo establecido en las normas de organización, funcionamiento y convivencia del centro participante.
- Dentro del mes siguiente contado desde el final de su participación, los profesores responsables del grupo deberán elaborar una memoria de la actividad que se adjuntará como fichero electrónico en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional https://sede.educacion.gob.es, sección "Buscar trámites".
- En virtud de la certificación emitida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma podrá reconocer y registrar al profesorado participante hasta con un máximo de 30 horas de formación, siempre y cuando cumplan los requisitos de la convocatoria.
Más información en: