¿Cuáles son sus competencias?






El Consejo Escolar de Castilla y León ha de ser con­sultado preceptivamente en los siguientes asuntos:

  • Los criterios y el contenido de los proyectos de Ley y proyectos de disposiciones generales en materia educativa.

  • Las bases y criterios para la programación gene­ral de la enseñanza en Castilla y León.

  • La programación anual de la asignación de recursos materiales y humanos dedicados a la satisfac­ción de las necesidades educativas.

  • Los criterios básicos para las actuaciones en materia de compensación educativa entre las dis­tintas zonas o comarcas de Castilla y León.

  • La determinación de las características propias que han de tener los centros docentes en la Comunidad sin perjuicio de los requisitos míni­mos fijados por la Administración del Estado.

  • La reforma de los programas y orientaciones didácticas en orden a incrementar la promoción de la conciencia de la identidad y los valores his­tóricos y culturales de Castilla y León mediante el conocimiento especifico de la cultura propia, todo ello dentro del marco general de la historia y la cultura españolas.

  • Los convenios y acuerdos que en materia educativa se proponga celebrar la Comunidad Autónoma con otras Administraciones Públicas.

  • Los criterios para dar adecuada respuesta a los problemas especificos de la escuela rural.