Directores de Centros Públicos. Procedimiento para el Reconocimiento del Complemento Específico
La Orden EDU/524/2012, de 28 de junio (BOCYL de 9-jul-2012) regula el procedimiento para la obtención del reconocimiento de la consolidación parcial del componente singular del complemento específico por el ejercicio del cargo de Director de Centros Docentes Públicos no Universitarios y se delega la competencia para dictar resolución sobre este reconocimiento.
Plazo de presentación de solicitudes:
Detallados en el artículo 5.3, el artículo 12.3 y en la Disposición Transitoria de la Orden, según el caso.
Anexos que acompañan a la Orden:
- Solicitud de consolidación parcial: Anexo I
- Solicitud de consolidación parcial obtenida en otras Comunidades Autónomas: Anexo II
- Certificación de los servicios prestados como director: Anexo III
- Informe de evaluación del cargo de director: Anexo IV
- Criterios e indicadores para la evaluación de los directores: Anexo V
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