Conforme a la Resolución de 17 de julio de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos (Bocyl de 24 de julio) los opositores seleccionados deberán presentar en el plazo de cinco días hábiles (del 30 de julio hasta el 5 de agosto incluidos) la documentación indicada en la misma. En relación con el certificado del apartado c) y en previsión de que "el órgano competente" no pudiese expedir el certificado de referencia en el plazo marcado, será suficiente que el opositor acredite haberlo solicitado.


De cara a la presentación de la documentación que deben aportar los opositores que han sido seleccionados en el cuerpo de maestros, tal y como se recoge en la Resolución de 17 de julio (BOCYL 24) , donde establece que:


1. En el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de los listados previstos en el apartado primero, los opositores seleccionados deberán presentar, dirigida a la dirección provincial de educación de la provincia en la que deban realizar la fase de prácticas, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la siguiente documentación:

a) Copia del documento nacional de identidad vigente o del NIF en el caso de no figurar la letra en aquél. Para opositores de nacionalidad distinta a la española se presentará documento de identidad de su país o del pasaporte en vigor, así como la tarjeta de residente, en los casos que así lo exija la normativa legal vigente.

b) Copia del título exigido para el ingreso en el cuerpo o certificación académica original, y en el supuesto de que haya sido obtenido en el extranjero del título alegado junto con la credencial que acredite su homologación o reconocimiento.

c) Certificación del órgano competente que acredite, respecto a quienes se presentaron por el turno de reserva de discapacidad acreditada, la condición y la compatibilidad con el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del mencionado cuerpo y especialidad por la que han sido seleccionados.

d) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, conforme al modelo del anexo I. Los opositores cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.

e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones correspondientes al puesto adjudicado objeto de la convocatoria, conforme al modelo del anexo I.

f) Solicitud, en su caso, de aplazamiento de la fase de prácticas, conforme al modelo del anexo II, junto con la documentación justificativa.

g) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, salvo que se preste a la Consejería consentimiento expreso para la comprobación de los correspondientes datos derivados del apartado segundo.1.f), conforme al modelo disponible en el Portal de Educación (http://www.educa.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva).