INFORMACIÓN DE INTERÉS GENERAL
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(1er ciclo de educación infantil)


En el primer ciclo de educación se atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 3 años de edad. Se imparte en Escuelas de Educación Infantil, algunas de las cuales son titularidad de la Administración de Castilla y León.

Los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil se orientan a lograr un desarrollo integral y armónico de los niños y niñas, a procurar los aprendizajes que contribuyan y hagan posible dicho desarrollo.

La admisión a enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en centros docentes de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o que participan en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas, para el curso 2025-2026, está regulada por;

  • Decreto 52/2018, de 27 de diciembre.
  • Orden EDU/95/2022, de 14 de febrero.

A fin de planificar las distintas actuaciones y concretar determinados aspectos de la gestión del proceso de admisión se publica la siguiente Resolución.


- pendiente de publicar-


La necesidad de escolarización inmediata una vez comenzado el curso escolar se gestionará a través de la Dirección Provincial de Educación correspondiente (área de escolarización)




PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE ADMISIÓN

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. Educación infantil, Educación primaria, ESO y Bachillerato.



-ver apartado-

Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género.
  • Discapacidad sobrevenida.
  • Traslado de la unidad familiar (movilidad forzosa).
  • Incorporación al sistema educativo.
  • Adopción o acogimiento.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Cambios de centro realizados de oficio por la dirección provincial.

Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso

 Documento PDF Recopilacion de preguntas. Admisión 2024 (208.8 KB) (13 páginas) 

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