Programa de gratuidad de libros de texto RELEO PLUS 2017/2018. Listados de justificaciones dinerarias presentadas
Subsanación de errores hasta el 10 de noviembre. Justificación no presentada: hasta el 17 de noviembre.
El 26 de octubre de 2017 se publican en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, y en el Portal de Educación, a través de la aplicación:
los listados provisionales de las justificaciones presentadas, con indicación, en su caso, de los errores que deben ser subsanados.
Subsanación de errores en justificaciones presentadas
Los interesados disponen de plazo exclusivamente entre el 27 de octubre y el 10 de noviembre de 2017, ambos incluidos, para realizar la subsanación de errores, preferentemente en la secretaría de los centros educativos. Para ello presentarán el documento de justificación que les facilitarán en el centro educativo, a la que acompañarán la factura rectificada.
Presentación de justificación de aquellos beneficiarios que no la hubieran presentado del 1 al 22 de septiembre
Se requiere a aquellos beneficiarios que no hubieran presentado la documentación justificativa de la ayuda dineraria en el plazo establecido (del 1 al 22 de septiembre de 2017) para que la presenten, preferiblemente en el centro educativo, en el plazo improrrogable del 27 de octubre al 17 de noviembre de 2017, ambos inclusive, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.5 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
Para ello deben presentar la factura de adquisición de libros de texto junto con el documento de justificación que les facilitarán en el centro educativo.
Las facturas deben tener fecha como máximo el día 22 de septiembre de 2017
Cobro de la ayuda por el centro
Quedan excluidos de la obligación de presentar la justificación de la ayuda aquellos beneficiarios que hayan solicitado el cobro de la ayuda por el centro educativo y hayan sido autorizados por el director. En este caso la justificación de la ayuda es competencia del centro educativo.
Los directores de los centros educativos pueden acceder a información complementaria, accediendo con su usuario o el del centro al siguiente contenido:
Información complementaria para directores.