MECD

FSE

ANTICIPACIÓN DE LA ELECCIÓN DE ITINERARIOS EN 3º DE LA ESO: MATERIA TRONCAL MATEMÁTICAS
"PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACIÓN Y EDUCACIÓN. FSE 2014-2020"
Cofinanciados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Fondo Social Europeo los periodos lectivos de la materia troncal Matemáticas impartidos al alumnado matriculado en cada centro educativo seleccionado

En la tabla siguiente se realiza una exposición comparativa de las principales características de la educación secundaria obligatoria que convivirán en el curso escolar 2015-2016:


Normativa de aplicación

Cursos 1º y 3º

Cursos 2º y 4º

Estatal

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.
  • Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

Autonómica


  • Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes, sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.
  • ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

Estatal

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.

Autonómica


  • Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
  • ORDEN EDU/1046/2007, de 12 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
  • ORDEN EDU/1952/2007, de 29 de noviembre, por la que se regula la evaluación en la educación secundaria obligatoria en Castilla y León.
  • ORDEN EDU/1047/2007, de 12 de junio, por la que se regula la impartición de materias optativas en educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
  • ORDEN EDU/1048/2007, de 12 de junio, por la que se regula el programa de diversificación curricular de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
  • ORDEN EDU/888/2009, de 20 de abril, por la que se regula el procedimiento para garantizar el derecho del alumnado que cursa enseñanzas de educación secundaria obligatoria y de bachillerato, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar sean valorados y reconocidos con objetividad.

Currículo. Materias

Curso 1º

Curso 3º

Curso 2º

Curso 4º

Materias troncales

Biología y Geología

Geografía e Historia

Lengua Castellana y Literatura.

Matemáticas

Primera Lengua Extranjera


Materias específicas

Educación Física.

Religión o Valores Éticos

Educación Plástica, Visual y Audiovisual

Tecnología


Materias de libre configuración autonómica (1 materia a elegir) de entre:


Segunda Lengua Extranjera.

Conocimiento del Lenguaje.

Conocimiento de las Matemáticas

Materias troncales

Biología y Geología.

Física y Química.

Geografía e Historia.

Lengua Castellana y Literatura.

Matemáticas

Primera Lengua Extranjera.


Materias específicas

Educación Física.

Religión o Valores Éticos

Dos materias a elegir de entre:

Educación Plástica, Visual y Audiovisual

Tecnología

Música


Materias de libre configuración autonómica (1 materia a elegir) de entre:

Segunda Lengua Extranjera.

Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.

Otras materiasque oferte el centro en el marco de lo que establezca la consejería competente en materia de educación.

Ciencias de la Naturaleza

Ciencias Sociales, Geografía e Historia

Educación Física

Lengua Castellana y Literatura

Lengua Extranjera

Matemáticas

Música

Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.

Religión o Medidas de Atención Educativa (elección de los padres, madres o tutores legales)


1 materia optativa

Ciencias Sociales, Geografía e Historia

Lengua Castellana y Literatura

Primera Lengua Extranjera

Matemáticas

Educación ético-cívica

Educación física

Religión o Medidas de Atención Educativa (elección de los padres, madres o tutores legales)


Tres materias a elegir de entre:


Física y Química

Biología y Geología

Latín

Tecnología

Informática

Educación Plástica y Visual

Segunda Lengua Extranjera

Música


1 materia optativa

Currículo. Competencias.

  1. Comunicación lingüística.
  2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
  3. Competencia digital.
  4. Aprender a aprender.
  5. Competencias sociales y cívicas.
  6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
  7. Conciencia y expresiones culturales.

Se potenciará el desarrollo de las competencias comunicación lingüística, matemática y las competencias básicas en ciencia y tecnología.

  1. Competencia en comunicación lingüística.
  2. Competencia matemática.
  3. Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico.
  4. Tratamiento de la información y competencia digital.
  5. Competencia social y ciudadana.
  6. Competencia cultural y artística.
  7. Competencia para aprender a aprender.
  8. Autonomía e iniciativa personal

En las distintas materias se prestará especial atención al desarrollo de las competencias básicas.

Organización general

La etapa se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.

La acogida del alumnado que se incorpora a primer curso y la coordinación entre la educación secundaria obligatoria y la educación primaria se garantizará con objeto de asegurar una adecuada transición del alumnado entre dichas etapas y facilitar la continuidad de su proceso educativo.

La propuesta curricular deberá incluir criterios de promoción del alumnado, referida ésta a la promoción excepcional y a la decisión de incorporación a cuarto curso de los alumnos que cursen un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento.


Las programaciones didácticas deberán contener los estándares de aprendizaje evaluables que se consideren básicos, el perfil de cada una de las competencias y la concreción de los elementos transversales que se trabajarán en cada materia.

La etapa comprende cuatro cursos académicos y se organiza en materias diferenciadas.

Atención a la diversidad

Integración de materias en ámbitos de conocimiento en primer curso

Los centros docentes, en el marco de su autonomía, podrán agrupar las materias del primer curso en ámbitos de conocimiento siempre que ello no suponga incremento en las necesidades de profesorado para los alumnos con cierto desfase curricular avalado por el informe de evaluación final de etapa de educación primaria.

Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento

Programas de diversificación curricular

Los alumnos que hayan cursado segundo curso de educación secundaria obligatoria durante el curso escolar 2014-2015, hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa y no estén en condiciones de promocionar a tercero, podrán incorporarse al segundo curso de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento, una vez oídos los propios alumnos y sus padres, madres o tutores legales.

Asimismo, podrán incorporarse con carácter excepcional al segundo curso de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento para repetir tercero, una vez oídos los propios alumnos y sus padres, madres o tutores legales, los alumnos que hayan cursado tercer curso de educación secundaria obligatoria durante el curso escolar 2014-2015 y no estén en condiciones de promocionar a cuarto curso.

En todo caso, la incorporación requerirá la evaluación tanto académica como psicopedagógica y la propuesta del equipo docente.


Los programas que apliquen los centros estarán integrados por:

a) Ámbito de carácter lingüístico y social, que incluirá las materias troncales Lengua Castellana y Literatura y Geografía e Historia.

b) Ámbito de carácter científico y matemático, que incluirá las materias las materias troncales de Biología y Geología, Física y Química y Matemáticas.

c) Ámbito de lenguas extranjeras, que incluirá la materia troncal Primera Lengua Extranjera.


El alumnado cursará, además, con el alumnado de su grupo de referencia las materias no troncales y como materia de libre configuración autonómica la de Iniciativa Emprendedora y Empresarial.

La distribución de la carga horaria lectiva semanal de los ámbitos específicos incluirá la carga de las materias que los integran.

El alumnado que durante el curso escolar 2014-2015 haya cursado el primer curso del programa de diversificación curricular podrá continuar durante el curso escolar 2015-2016 en el mismo para finalizarlo.

El alumnado que durante el curso escolar 2014-2015 haya cursado el segundo curso del programa de diversificación curricular y no lo supere, podrá repetirlo.

Evaluación y Promoción

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua, formativa e integradora.

Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los bloques de asignaturas troncales y específicas serán los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables.

Tras cursar el primer ciclo de educación secundaria obligatoria, cuando un alumno se vaya a incorporar de forma excepcional a un ciclo de formación profesional básica, se le entregará un certificado de estudios cursados y un informe sobre el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes.

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo.

Los criterios de evaluación serán el referente para valorar el grado de consecución de los objetivos como el de adquisición de las competencias básicas

El alumnado promocionará de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

Excepcionalmente podrán promocionar con evaluación negativa en tres materias, entre otras si dos de ellas no son simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, y con evaluación negativa en dos que sean Lengua castellana y Literatura de forma simultánea cuando se den las condiciones:

- el equipo docente considere que la naturaleza de las mismas no le impida seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica.

- Que se apliquen las medidas educativas propuestas en el consejo orientador.

El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso.

Los alumnos promocionarán de curso cuando hayan superado los objetivos de las materias cursadas así como los alumnos con evaluación negativa en dos materias, como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias.

Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción de un alumno con evaluación negativa en tres materias cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las mismas no le impida seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica. En todo caso, no se podrá aplicar dicha excepcionalidad a aquellos alumnos que tengan pendientes Matemáticas y Lengua castellana y literatura junto con alguna otra de las cursadas.







Un alumno podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos como máximo dentro de la etapa. Excepcionalmente podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en cursos anteriores de la etapa. Cuando la segunda repetición deba producirse en el último curso de la etapa, se prolongará un año el límite de edad establecido en el artículo 1.1 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.

Documentos de evaluación

Al final de cada uno de los cursos se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno un consejo orientador. El equipo docente, de forma colegiada, elaborará el consejo orientador, teniendo especialmente en cuenta los resultados académicos obtenidos y la trayectoria seguida por el alumno.

Los padres, madres o tutores legales firmarán un documento de consentimiento o no para que el alumno siga las recomendaciones recogidas en el consejo orientador.