Los centros docentes, podrán desarrollar proyectos de autonomía con la finalidad de personalizar y adaptar la acción educativa al contexto socioeducativo, para mejorar los procesos de enseñanza, la inclusión educativa, la convivencia escolar, los aprendizajes del alumnado y programar una oferta educativa específica, favoreciendo el máximo desarrollo de todo el alumnado.

Los proyectos de autonomía estarán basados en la toma de decisiones en relación con las competencias de autonomía pedagógica y de organización


Destinatarios

Centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que impartan segundo ciclo de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato.

En los centros de titularidad privada, los proyectos de autonomía se contemplarán exclusivamente para las enseñanzas establecidas segundo ciclo de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato que sean impartidas en régimen de concierto educativo.


Solicitud de autorización

La solicitud de autorización del proyecto de autonomía será presentada por el director o, en su caso, el titular del centro, antes de la finalización del mes de enero del curso anterior al de su implantación e irá dirigida al titular de la dirección provincial de educación. La solicitud de los proyectos de autonomía conjuntos será presentada por el director o, en su caso, el titular del centro coordinador.

La solicitud será cumplimentada conforme al modelo normalizado que figura como anexo V (Orden EDU/1075/2016, de 19 de diciembre, por la que se regulan los proyectos de autonomía en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que imparten segundo ciclo de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato), disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://tramitacastillayleon.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva), y se presentará de forma electrónica.

Dicha solicitud irá acompañada de los siguientes documentos:

a) El proyecto de autonomía.

b) En su caso, el compromiso de participación del profesorado del centro en acciones formativas vinculadas al proyecto de autonomía, conforme al modelo del anexo VI (Orden EDU/1075/2016, de 19 de diciembre).

c) En el caso de centros públicos, certificado de aprobación del proyecto de autonomía por el claustro de profesores y certificado de aprobación del proyecto de autonomía por el consejo escolar.

d) En el caso de proyectos de autonomía conjuntos, la declaración del compromiso de aceptación del proyecto por los responsables de cada centro participante.


Solicitud de modificación, prórroga y finalización anticipada

Las solicitudes de modificación, prórroga y finalización anticipada del proyecto de autonomía serán presentadas por el director o, en su caso, el titular del centro antes de la finalización del mes de enero del curso anterior.

La propuesta de modificación podrá ser solicitada durante los tres primeros cursos escolares de vigencia del proyecto de autonomía aprobado o durante el primer curso de la prórroga. La propuesta de modificación no podrá suponer, en ningún caso, la ampliación del período de vigencia del proyecto de autonomía.

La prórroga podrá ser solicitada durante el último curso escolar autorizado para desarrollar el proyecto de autonomía.

Los centros podrán solicitar la finalización anticipada en cualquiera de los tres cursos escolares de vigencia del proyecto de autonomía aprobado o durante el primer curso de la prórroga.

La solicitud será cumplimentada conforme al modelo normalizado que figura como anexo VII (Orden EDU/1075/2016, de 19 de diciembre), según corresponda, disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://tramitacastillayleon.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva), y se presentará de forma electrónica

Las solicitudes irán acompañadas, según corresponda, de la siguiente documentación:

a) Solicitud de autorización de modificación:

1.º Proyecto de autonomía original.

2.º Proyecto de autonomía adaptado a las modificaciones.

3.º Descripción de las modificaciones propuestas y su justificación.

b) Solicitud de autorización de prórroga:

Justificación de la solicitud de prórroga.

c) Solicitud de finalización anticipada:

Motivos por los que se solicita la finalización anticipada.


Resolución

El titular de la dirección provincial de educación resolverá las solicitudes de autorización, modificación, finalización anticipada y prórroga de los proyectos de autonomía para su notificación a los centros con antelación al inicio del proceso de admisión del alumnado en centros sostenidos con fondos públicos. Transcurrido el plazo de resolución sin que se haya producido la notificación expresa, se entenderán estimadas las solicitudes referidas.