La Ley Orgánica de Educación establece dos procesos de evaluación de diagnóstico diferentes:

- Evaluación General de Diagnóstico.

- Evaluaciones de Diagnóstico.


Según el artículo 144.1, La Evaluación General de Diagnóstico es de carácter muestral y permitirá obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las comunidades autónomas como del conjunto del estado. Se realizarán en 4º de Educación Primaria.