DISTINTIVO DE CALIDAD "SELLO DE VIDA SALUDABLE"
Mediante Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable, para el reconocimiento público de los centros docentes, tanto públicos como privados sostenidos con fondos públicos y privados, que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos.
Mediante, Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad Sello Vida Saludable.
Los centros que quieran obtener el sello deberan presentar la solictud durante los meses de enero y febrero de cada año junto con una memoria técnica, redactada en castellano, que describa el cumplimiento de los requisitos previstos en la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre y el informe favorable de la Consejería de Educación.
Plazo de presentación de solicitudes
- Desde el 01 de enero de 2024
- Hasta el 29 de febrero de 2024
Documentación
Memoria técnica que describa el cumplimiento de los requisitos previstos en la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, y que se ajuste a las características descritas en el artículo dos punto 2.1 de la Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad SELLO VIDA SALUDABLE.
- Informe favorable de la Consejería de Educación de la correspondiente Comunidad Autónoma en la que se encuentre el centro o de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en su ámbito de gestión, de acuerdo con el modelo que se facilita en el Anexo de la Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad SELLO VIDA SALUDABLE.
- Certificación, en su caso, del director del Centro donde conste la aprobación por parte del Consejo Escolar de la solicitud de este distintivo de calidad.