Secundaria y otros cuerpos. Procedimiento selectivo de ingreso para la estabilización de empleo temporal, baremación de interinos y acreditación. Listados provisionales de admitidos y excluidos
Resolución de 15 de mayo de 2023 (127.9 KB) (3 páginas) de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los listados provisionales de admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de ingreso para la e estabilización de empleo temporal, el procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad y el procedimiento acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, convocados mediante Orden EDU/1866/2022, de 19 de diciembre.
Listados provisionales de admitidos y excluidos
- Listado provisional de admitidos por cuerpo y especialidad: listadoAdmitidosProvisional (1.8 MB) (460 páginas)
- Listado provisional de excluidos (alfabético, con causas de exclusión): listadoExcluidosProvisional (606 KB) (115 páginas)
ACLARACIONES A ALGUNOS CÓDIGOS DE EXCLUSIÓN:
- El código 22 se refiere al título alegado para el ingrso en el Cuerpo solicitado (TÍTULO I.SEGUNO.1.f de la Orden de convocatoria).
- El código 26 se refiere a la formación pedagógica y didáctica (TÍTULO I.SEGUNDO.2.f de la Orden de convocatoria).
- El código 29 se refiere al documento que acredita la discapacidad (TÍTULO I.SEGUNDO.2.h de la Orden de convocatoria).
- El código 32 se refiere al conocimiento del castellano (TÍTULO I.SEGUNDO.2.g de la Orden de convocatoria).
Listados provisionales de admitidos y excluidos por Cuerpo:
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CUERPO 0590 - PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
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CUERPO 0592 - PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
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CUERPO 0594 - PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
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CUERPO 0595 - PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
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CUERPO 0596 - MAESTROS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
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CUERPO 0598 - PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Plazo de subsanacioes:
Desde el martes 16 de mayo a las 13:00:00 hasta el lunes 29 de mayo a las 23:59:59.
Pasos para realizar la subsanación:
- Iniciar el formulario de subsanación utilizando el siguiente enlace:
- Pulse el botón + para crear una nueva solicitud de subsanación.
- Cumplimente el formulario:
- Seleccione la solilcitud para la que desea presentar subsanación.
- Aloje el documento que acredite la subsanación en REDOA si fuera necesario.
- Adjunte el documento que acredite la subsanación o asócielo si éste ya está en REDOA.
- Guarde el formulario.
- Registre electrónicamente el formulario usando el botón y siguiendo los pasos en la sede electrónica.
Acceso a REDOA
RECUERDE
- El DNI, el dcoumento que justifica el pago de la tasa y el documento que acredita que no ha sido condenado por algún delito sexual deben adjuntarse directamente como archivo pdf, eligiendo el fichero desde su ordenador, y adjuntarse en el formulario de subsanación. (No deben estar alojados en REDOA)
- Para el resto de documentos necesarios en la subsanación de la solicitud de participación es imprescidible alojarlos previamente en REDOA y asociarlos en el formulario desde REDOA.
- Un documento alojado en REDOA pero no asociado a este formulario es un documento no aportado en la subsanación. Los documentos alojados en REDOA sólo son visibles para la Administración Educativa cuando se asocian a un formulario.
- La solicitud de subsanación no se considera finalizada hasta que se haya registrado electrónicamente utilizando el correspondiente botón. Compruebe que tiene el PDF con el acuse de recibo y la solicitud de subsanación con el pie de firma electrónica. Ambos documentos se generan tras el proceso de registro electrónico.
- Para cada solicitud, es decir, para cada cuerpo y especialidad, sólo se atenderá el último formulario de subsanación registrado electrónicamente. Por tanto, hay que subsanar todos los apartados en el último formulario que se registre electrónicamente (se perderán las registradas anteriormente para la misma solicitud).
- Sólo se atenderán aquellas subsanaciones que se hayan entregado por registro electrónico.