Con carácter general si participas en el proceso se debe de presentar…

 

►     Solicitud de admisión. En el caso de alumnado que deba cambiar de centro docente para proseguir enseñanzas obligatorias sostenidas con fondos públicos, deberá utilizar la solicitud pregrabada expedida por el centro en que se encuentre escolarizado.

 

►     Fotocopia del libro de familia en tanto en cuanto no pueda realizarse su verificación por medios telemáticos.

 

►     Presentación del DNI o NIE.

 

►     En los supuestos en que se alegue la pérdida de la patria potestad o si el alumno está sometido a tutela o a acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido dentro de la unidad familiar, se aportará documentación justificativa de estas circunstancias.

 

Para circunstancias puntuables NOVERIFICABLES electrónicamente…

 

►     Hermanos matriculados en algún centro solicitado: certificación del centro[1] en la que se especifiquen los datos personales de cada hermano alegado y el curso en el que vaya a estar escolarizado en el siguiente año académico, indicando en su caso si esas enseñanzas no están sostenidas con fondos públicos.

 

►     Progenitores o tutores legales que trabajen en algún centro solicitado: certificación de dicho centro1 en la que figuren los datos personales de la persona trabajadora y los referidos al puesto de la plantilla que ocupa.

 

►     Proximidad del domicilio laboral a algún centro solicitado:

 

a) Para trabajadores por cuenta ajena: certificación de la empresa en la que figuren los datos personales de la persona interesada, alta en la Seguridad Social y los referidos al puesto que ocupa y al domicilio en que se desarrolla.

 

b) Para trabajadores por cuenta propia: certificación de estar dado del alta en la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas, alta en la Seguridad Social y, en su caso fotocopia del pago de la cuota correspondiente al año en curso. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de conformidad con la normativa vigente, el domicilio laboral se acreditará mediante la presentación de una fotocopia de la licencia de apertura expedida por el ayuntamiento correspondiente, o la comunicación previa de actividades, y en ambos casos una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la misma.

 

►     Expediente académico del alumno, en caso de optar a enseñanzas de bachillerato: certificación de calificaciones en que conste la nota media del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, expedida por el centro docente en que se encuentre escolarizado.

 

►     Criterio complementario del centro: certificado justificativo del centro solicitado1 para el que se quiera hacer valer y del que se deduzca fehacientemente el cumplimiento del criterio complementario por él determinado.

 

Para circunstancias puntuables VERIFICABLES electrónicamente…

 

Sólo será necesario presentar la documentación acreditativa que se relaciona a continuación en caso de que NO se autorice la verificación electrónica de las circunstancias puntuables a las que refieren, o de que dichas circunstancias NO hayan sido reconocidas en la comunidad de Castilla y León.

 

►     Proximidad del domicilio familiar a algún centro solicitado: certificado o informe de empadronamiento.

 

►     Rentas anuales de la unidad familiar: copias de las declaraciones del IRPF de los solicitantes, incluidas en su caso las complementarias. Consideraciones:

 

a) Si la familia ha sufrido un empeoramiento de su situación económica posterior al ejercicio económico a que se refiere la declaración de IRPF, que haya supuesto un disminución de sus ingresos en más de un 50%, que pudiera afectar a la puntuación obtenida, deberá aportarse una acreditación de las nuevas circunstancias que se quieran hacer valer.

 

b)Las familias monoparentales que quieran hacer valer esa condición, si en el libro de familia aparecen dos progenitores, deberán aportar además la resolución judicial o la certificación de la que se deduzca fehacientemente que el menor está siendo mantenido exclusivamente por uno sólo de ellos. En caso contrario, el cómputo de la renta deberá realizarse considerando las de ambos progenitores.

 

►     Discapacidad en el alumno o en alguno de sus progenitores o hermanos: certificación emitida por el organismo competente.

 

►     Familia numerosa: copia del título vigente.

 

Para OTRAS CIRCUSTANCIAS…

 

►     Discapacidad motora o auditiva del alumno no asociada a una necesidad específica de apoyo educativo: certificado médico.

 

►     Enfermedad crónica del alumno que afecte al sistema digestivo, endocrino o metabólico y exija como tratamiento esencial el seguimiento de una dieta compleja y un estricto control alimenticio cuyo cumplimiento condicione de forma determinante el estado de salud física del alumno: certificado médico.

 

►     Alumno que cursa enseñanzas regladas de danza o música o programas deportivos de alto nivel o alto rendimiento: certificado de la entidad en la que se cursen dichas enseñanzas o programas.



[1] Los certificados que correspondan al centro docente en el que se presenta la solicitud serán emitidos de oficio por éste y deberán figurar entre la documentación del expediente.