FO-2018. Convocatoria de ayudas para el desarrollo de la formación online a las universidades públicas de Castilla y León
El plazo de ejecución de los planes de actuación se extenderá durante los años 2019 y 2020.
Los planes de actuación objeto de financiación deberán reunir las siguientes características: a) Adecuación a la Agenda Digital incluida en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León 2014-2020 (RIS3). b) Inclusión de plataformas que sean o tengan la posibilidad de interoperabilidad con otras plataformas internacionales. c) Contendrán los cursos on-line cero o de introducción, de los cursos on-line contenidos en plataformas internacionales de acceso abierto y las titulaciones oficiales on-line: de grado, de master y de doctorado, que se vayan a potenciar o implementar, detallando el área de conocimiento. d) La duración se extenderá durante el año 2019 y 2020. e) Se atendrán a lo establecido en los principios internacionales y en la normativa vigente en materia de bioética, igualdad de género y protección de datos. En especial deberán señalar que se están realizando medidas orientadas a garantizar la igualdad de género y la protección del medioambiente.
Tercero. Beneficiarios. 1. Podrán tener la condición de beneficiario de estas ayudas las universidades públicas de Castilla y León. 2. Las universidades públicas de Castilla y León, además de las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán cumplir las siguientes: a) La normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma; la exención de dicha obligación será conforme al Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. b) La llevanza de una contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las operaciones que desarrollen, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. Se entenderá que se cumple con esta obligación, cuando cada uno de los gastos esté perfectamente identificado en la contabilidad y separado de cualquier otro gasto distinto.
La presentación de la solicitud y de los demás documentos se realizará exclusivamente por el Registro de la Administración Electrónica de la Comunidad. Puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012 para cualquier consulta relacionada con la tramitación de este procedimiento. Para llamar al 012 desde fuera de Castilla y León puede marcar el 983 327 850.
El Extracto de la orden de convocatoria y la orden de bases reguladoras están disponibles en el apartado "Información relacionada", en la parte inferior derecha de esta página.
La Orden de convocatoria y los formularios para descargar están disponibles en el apartado "Ficheros disponibles", en la parte inferior izquierda de esta página.
Toda esta información está también en la Sede Electrónica "tramitacastillayleon"