La forma de gobierno que recoge nuestra constitución es la Monarquía parlamentaria. Esta se concreta a través de un determinado marco de relaciones entre los órganos en que se expresan los poderes del estado. Por otra parte, la figura del rey tiene un carácter marcadamente simbólico puesto que sus facultades se conforman como "actos debidos" y carecen de discrecionalidad.
Reflexión final
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