Recoger el Documento de acreditación
Aquí puedes ver el momento actual del procedimiento y cuáles son los siguientes pasos a seguir.
La fase de evaluación ha terminado y estamos en la fase de Acreditación.
Fase de Acreditación: Las personas participantes que hayan acreditado alguna Unidad de Competencia deben pasar por su centro gestor a recoger el Documento de Acreditación de competencias profesionales, o bien autorizar formalmente a otra persona para que lo recoja en su nombre.
Las personas que deseen la expedición del certificado de profesionalidad deben seguir estos pasos:
1º - Recogida del documento de acreditación.
2º. Abono de la tasa. Después de recoger el Documento de acreditación de competencias profesionales, tiene que pagar la tasa por la expedición del certificado de profesionalidad correspondiente (código 307.2.2).
Tiene derecho a la bonificación o exención de la misma, si se encuentra en situación de desempleo o tiene familia numerosa de categoría especial/general, siempre que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, del sujeto pasivo de la tasa no supere 18.900 € en tributación individual o 31.500 € en tributación conjunta. La documentación acreditativa del derecho a la bonificación o exención podrá no aportarse siempre que la persona solicitante autorice, cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud, al órgano instructor del procedimiento para su comprobación.
La tasa se abona utilizando el modelo 046. La tasa es de 40,40 euros. El banco le entregará un justificante del pago de la tasa o bien le acreditará el pago mediante validación del modelo 046.
3º - Envío de solicitud y documentación. Rellenará la solicitud de expedición del certificado de profesionalidad. Puede hacerlo en la web de Tramita Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/) ).
Después, deberá enviar, al ECYL de la Consejería de Empleo (en calle Jacinto Benavente 2, 47195-Arroyo de la Encomienda, Valladolid), la siguiente documentación: solicitud, modelo 046, justificación bancaria del pago de la tasa, fotocopia del documento de acreditación recogido en el centro gestor y fotocopia del DNI (si no autoriza su consulta). Si tiene derecho a exención o bonificación de la tasa, tiene que aportar además la documentación acreditativa de este derecho, o bien autorizar a la Administración su consulta. Este envío puede hacerse a través de un Registro oficial.
Si no ha obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia que forman el certificado de profesionalidad, el Documento de acreditación de competencias profesionales recogido en el centro gestor le sirve de Acreditación parcial acumulable, así que no tiene que hacer nada, ni abonar ninguna tasa.