Interinos. Maestros. Curso 16 / 17. AIVI. Proceso Informatizado de Adjudicación de Vacantes
La Resolución de 26 de abril de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos (4.7 MB) (19 páginas) (BOCYL de 6-may-2016), convoca el proceso informatizado de adjudicación de puestos vacantes del Cuerpo de Maestros en régimen de interinidad para el curso 2016/2017.
Plazo de presentación de solicitudes:
Del 9 al 23 de mayo de 2016 (ambos incluidos).
Los anexos que acompañan a la Resolución son los siguientes:
- Modelo de solicitud: disponible en la aplicación informática:
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(disponible desde el 9 de mayo, fecha de comienzo del plazo de solicitud)
- Instrucciones para cumplimentar la solicitud: Anexo II (14.7 KB) (2 páginas)
- Códigos de localidad y centros para peticiones voluntarias: Anexo III (833 KB) (36 páginas)
- Modelo de renuncia: Anexo IV (591.3 KB) (1 página)
Presentación de la solicitud de forma electrónica:
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Explicación del proceso de adjudicación informatizada de vacantes:
- Preguntas frecuentes: Preguntas Frecuentes (397.4 KB) (14 páginas)
Obligatoriedad de cumplimentación mediante aplicativo informático:
4.1. A tenor de lo indicado en la Orden EDU/106/2016, de 19 de febrero, por la que se regula la obligatoriedad de cumplimentar y presentar la solicitud mediante aplicativo informático, en determinados procesos de selección y provisión de puestos de trabajo docentes en los centros públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la consejería competente en materia de educación, quienes deseen participar en este proceso informatizado de adjudicación de puestos, cuyo modelo figura como anexo I, cuya cumplimentación obligatoriamente deberá efectuarse a través de la aplicación informática disponible tanto en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) como en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Obligatoriedad de presentar la solicitud en registro administrativo:
La cumplimentación informática de la solicitud no sustituye la obligatoriedad de la presentación de la misma en un registro administrativo por lo que, una vez cumplimentada, deberá imprimirse al objeto de ser firmada y presentada en los lugares indicados en el apartado 4.2.a) y 4.2.b).