Podemos definir los derechos fundamentales como “aquellas categorías dogmáticas que nacen de la propia Constitución y de ella obtienen su concepto y garantías”. Para garantizar la plena efectividad de esos derechos, es preciso establecer un amplio elenco de garantías. Se trata de las garantías normativas, las garantías jurisdiccionales y las garantías institucionales.
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