Procedimiento acreditación competencias profesionales 2020
Procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de la familia profesional de servicios socioculturales y a la comunidad
Convocatoria
Se ha publicado en el BOCYL de 2 de diciembre de 2020 la Orden EDU/1310/2020, de 16 de noviembre, por la que se convoca el procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de la familia profesional de servicios socioculturales y a la comunidad, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020 y por el Programa de Cooperación Territorial Acredita.
Las unidades de competencia objeto de acreditación se recogen en el Anexo I de la convocatoria, pertenecientes a las siguientes cualificaciones profesionales:
- SSC089_2: Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
- SSC320_2. Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
El número total de plazas convocadas en el presente procedimiento es de 1.000 distribuidas por cualificaciones profesionales en número de 500 plazas por cada cualificación profesional.
Ver convocatoria: Orden EDU/1310/2020_Convocatoria PEAC_SSC (722.6 KB) (16 páginas)
¿Cuáles son los requisitos para poder participar?
1. Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción en el procedimiento.
- Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
1º. En el caso de experiencia laboral: justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.
2º. En el caso de formación no formal: justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.
2. Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el punto 1, y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Para estudiar estos casos, el Director General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa designará a los asesores necesarios, que emitirán un informe sobre la procedencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento.
3. No podrán participar en estos procedimientos las personas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
- Estar en posesión de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia que solicita o sus equivalentes o la acreditación parcial de la unidad o unidades de competencia que solicita.
- Estar matriculadas en un curso de formación profesional del sistema educativo, o realizando formación profesional para el empleo conducente a la acreditación de las unidades de competencia en que soliciten su participación.
¿Cuándo y cómo se pueden presentar las solicitudes?
Los interesados podrán presentar la solicitud desde el 3 de diciembre hasta el 28 de diciembre de 2020, ambos inclusive.
Se puede presentar de manera telemática o bien en papel.
- En papel, preferentemente en las unidades de registro de las Direcciones Provinciales de Educación o de
las Gerencias Provinciales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de las provincias de los centros gestores que tengan plazas asignadas de la cualificación profesional objeto de evaluación o en cualquiera de los lugares
En caso de remitir la solicitud por correo, deberá presentarse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que proceda a su certificación.
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. - De forma electrónica, a través de la sede electrónica, si dispone de DNI electrónico o de un certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Solicitudes y documentación
Se presentará una solicitud por cada cualificación profesional respecto de la que se pretenda la acreditación de unidades de competencia, conforme al modelo del documento n.º 1 e irá dirigida al Director/a del centro gestor de la cualificación correspondiente.
Para una misma cualificación profesional no se podrán presentar solicitudes en dos centros diferentes. Si este hecho se produjera, se excluirá a la persona candidata de la convocatoria.
Documento nº1: Solicitud de inscripción en el procedimiento 2020 (1.1 MB) (2 páginas)
Documento nº 2: Curriculum laboral y formativo (318 KB)
Documento nº 3: Modelo de certificación/declaración de actividades desarrolladas (332.5 KB)
La documentación a presentar junto a la solicitud se detalla en el siguiente archivo:
Documentación a presentar_PEAC2020 (153.3 KB) (2 páginas)
La Consejería de Educación verificará de oficio los datos personales relativos a la identidad y discapacidad declarados por el interesado en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.