Centros educativos: proyectos FP Dual
PROYECTO DE FP DUAL
Se entiende por proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo el conjunto de actuaciones formativas planificadas por un centro educativo contando con la participación de una o varias empresas para el desarrollo de un ciclo formativo.
1 - AUTORIZACIÓN DE PROYECTOS DE FP DUAL
De conformidad con el Artículo 8 del Decreto 2/2017, de 12 de enero, por el que se regula la Formación Profesional Dual del sistema educativo en la Comunidad de Castilla y León, el proyecto de formación profesional dual deberá ser autorizado por la Consejería de Educación.
La solicitud de autorización sera presentada por el director o directora del centro educativo, o su titular si este fuera privado, antes del 15 de julio de cada año.
- Se presentará una solicitud de autorización de proyecto por cada ciclo de formación profesional dual. La solicitud se debe cumplimentar conforme al modelo normalizado (formulario web) y se cursará a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- A la solicitud de autorización se acompaña el Anexo I: Proyecto formación profesional dual, conforme al modelo normalizado.
- Se cumplimentará un Anexo I por cada una de las empresas que participen en le proyecto de formación profesional dual.
- Los modelos de Solicitud y Anexo I-Proyecto de formación profesional dual son los incluidos en esta página, estando tambien disponibles en la sede electrónica: www.tramitacastillayleon.jcyl.es
- La autorización del proyecto tendrá validez durante dos cursos escolares, curso 2023/2024 y 2024/2025, siempre que se mantengan las condiciones y características del mismo.
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2 - CONVENIO DE FORMALIZACIÓN
Una vez autorizado, el proyecto de formación profesional dual deberá formalizarse mediante un convenio:
- En el caso de centros educativos de titularidad pública, entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y la empresa o empresas participantes.
- En el caso de centros educativos de titularidad privada, entre el titular del centro y la empresa o empresa participantes.
El modelo de convenio para centros educativos públicos será el modelo normalizado incluido en este apartado.
CUMPLIMENTACIÓN DEL CONVENIO
- Si la empresa tiene LOGO se incluirá en el lugar correspondiente en el encabezado del documento (sustituyendo a la imagen que dice LOGO EMPRESA). El tamaño del logo de la empresa no puede ser mayor que el escudo de la Junta que aparece en el documento.
- Los campos que es posible cumplimentar son los que aparecen resaltados.
- La paginación del documento no debe variar. Comprobar que es así antes de enviarlo a la firma de las empresas.
- Si surge alguna duda a la hora de cumplimentar este documento, enviarla al correo fpdual@educa.jcyl.es
No se tramitarán otros modelos de convenio.
Convenio tipo centros públicos – modelo normalizado (actualizado Febrero 2024) |
Una vez firmados los convenios hay que enviarlos a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial de la siguiente forma:
- La empresa tiene firma electrónica y firma así el convenio; el convenio puede enviarse adjuntado al formulario Web de subsanación a través de TRAMITA. Se marcará la opción "Se adjunta documentación relativa al proyecto autorizado"
- La empresa no tiene firma electrónica y firma el convenio en papel de forma manuscrita. Hay que enviar dos copias del convenio impresas a una sola cara y con la firma en todas las hojas, a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial, Servicio de Formación Profesional, Avda Real Valladolid s/n 47014 Valladolid. En este caso, hay que escanear un ejemplar del convenio firmado manualmente y adjuntarlo con un formulario Web de subsanación¿a través de TRAMITA. Se marcará la opción "Se adjunta documentación relativa al proyecto autorizado"
3 - MODIFICACIONES, ACTUALIZACIONES Y SUBSANACIONES DEL PROYECTO INICIAL
Cualquier variación en las condiciones y características del proyecto deberá ser comunicada por el centro educativo a la Consejería de Educación.
- Los centros remitirán el formulario denominado: "Subsanación, Modificación, Actualización" a través de la sede electrónica. Se adjuntará en su caso, la documentación necesaria.
- Plazos de presentación de solicitudes:
- FP DUAL 2 CURSOS: hasta el 01/11/2023
- FPDUAL 3 CURSOS: hasta el 15/01/2024
- No serán admisibles modificaciones presentadas por correo electrónico.
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4 – ALUMNADO
La Orden EDU/398/2017 desarrolla el Decreto 2/2017 que regula la formación profesional dual del sistema educativo en Castilla y León.
Certificado acreditativo alumnado que finalice en modalidad dual
El artículo 14 de la citada orden indica, el secretario/a del centro educativo, con el visto bueno del director/a de cetro, expedirá un certificado acreditativo al alumnado que haya superado el ciclo formativo en la modalidad de formación profesional dual.
Documento del alumno
El artículo 11 de dicha orden indica que el alumno presentará un documento en el que hace constar su compromiso con el programa de FP Dual y con la empresa.
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5 - INFORMES CENTROS - EMPRESA
La Orden EDU/398/2017 desarrolla el Decreto 2/2017 que regula la formación profesional dual del sistema educativo en Castilla y León.
CENTRO EDUCATIVO
En el Artículo 24 punto 6 del Decreto 2/2017 indica que el tutor o tutora del centro educativo elaborarán un informe valorativo en el que se incluye la valoración del desarrollo de la formación en la empresa. Así mismo,
EMPRESA
En el artículo 25 punto 3 del Decreto 2/2017 indica las características del informe valorativo que tendrá que realizar el tutor o la tutora de empresa
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6 – OTRA DOCUMENTACIÓN
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7 – INFORMACIÓN Y CONTACTO
Consultas Formación Profesional Dual:fpdual@educa.jcyl.es